Asunto: Consulta Sobre Aspecto Legal
Hola: soy Ana me pueden decir, cual es la ley que hace : refencia al tiempo de garantía que se tiene cuando uno hace una compra en una agencia? :|
Asunto: Re: Consulta Sobre Aspecto Legal
Fijate aca: http://www.adecua.org.ar/
http://www.aaep.org.ar/espa/anales/...io_delgobbo.pdf
Quizas te pueda servir.
http://www.aaep.org.ar/espa/anales/...io_delgobbo.pdf
Quizas te pueda servir.
Asunto: Re: Consulta Sobre Aspecto Legal
En un artículo de Clarin citan lo siguiente:
y en la Ley de Defensa del Consumidor en su Artículo 11 dice:
Espero que te sea de ayuda.
Leonardo Lepíscopo, asesor jurídico de la subsecretaría de Defensa del Consumidor, afirma que la Ley de Defensa del Consumidor exige a las concesionarias de autos usados otorgar a los clientes una garantía mínima de tres meses. "Si durante ese tiempo surge algún problema y la concesionaria no lo resuelve, el consumidor debe hacer la denuncia", aconseja.
y en la Ley de Defensa del Consumidor en su Artículo 11 dice:
ARTICULO 11. — Garantías. Cuando se comercialicen cosas muebles no consumibles conforme lo establece el artículo 2325 del Código Civil, el consumidor y los sucesivos adquirentes gozarán de garantía legal por los defectos o vicios de cualquier índole, aunque hayan sido ostensibles o manifiestos al tiempo del contrato, cuando afecten la identidad entre lo ofrecido y lo entregado, o su correcto funcionamiento.
La garantía legal tendrá vigencia por TRES (3) meses cuando se trate de bienes muebles usados y por SEIS (6) meses en los demás casos a partir de la entrega, pudiendo las partes convenir un plazo mayor. En caso de que la cosa deba trasladarse a fábrica o taller habilitado el transporte será realizado por el responsable de la garantía, y serán a su cargo los gastos de flete y seguros y cualquier otro que deba realizarse para la ejecución del mismo.
La garantía legal tendrá vigencia por TRES (3) meses cuando se trate de bienes muebles usados y por SEIS (6) meses en los demás casos a partir de la entrega, pudiendo las partes convenir un plazo mayor. En caso de que la cosa deba trasladarse a fábrica o taller habilitado el transporte será realizado por el responsable de la garantía, y serán a su cargo los gastos de flete y seguros y cualquier otro que deba realizarse para la ejecución del mismo.
Espero que te sea de ayuda.
Asunto: Re: Consulta Sobre Aspecto Legal
Muchas gracias es de mucha ayuda la información. Muy Muy agradecida :ohhh:
Asunto: Re: Consulta Sobre Aspecto Legal
Ana, no se bien que te pasó, pero segun sea pueden anteponer que fue por mal uso (si se tratare de alguna parte movil).
En ese caso te van a pedir una pericia mecanica, la hace la poli y l achata la vas a tener parada unos dias y le pudieran empezar a faltar algunas cosas :roll:, Good Argentin.
Siempre es preferible un mal arreglo, que el mejor de los juicios :?
En ese caso te van a pedir una pericia mecanica, la hace la poli y l achata la vas a tener parada unos dias y le pudieran empezar a faltar algunas cosas :roll:, Good Argentin.
Siempre es preferible un mal arreglo, que el mejor de los juicios :?
Asunto: Re: Consulta Sobre Aspecto Legal
eso no es mal uso, la camioneta tiene un problema, si te dan vueltas mandales una carta documento redactada por un abogado, creo que tienen todas las de perder, esa falla no es por mal uso sino por mal mantenimiento del dueño anterior.
4x4-hay escribió: [Ver mensaje]
ana escribió: [Ver mensaje]
eso no es mal uso, la camioneta tiene un problema, si te dan vueltas mandales una carta documento redactada por un abogado, creo que tienen todas las de perder, esa falla no es por mal uso sino por mal mantenimiento del dueño anterior.
Asunto: Re: Consulta Sobre Aspecto Legal
Hola Ana, como te dice Pablo D., hay una figura legal que se llama "vicio oculto" para el que te vende un vehículo usado te disfraza o esconde un problema de motor que en una prueba inicial al comprarla, no se pudo comprobar...
En mi caso, compré una camioneta y al día y medio le explotó el motor, después de 3 meses y mucha lucha recuperé mi vehículo arreglado, pero faltaba que me pagaran toda la plata extra que tuve que poner para terminar de arreglarla.
Primero me moví con defenza del consumidor, pero finalmente terminé actuando con una abogada que 1 año después le pudo cobrar gran parte del arreglo.
Si me permitís un concejo, si te devuelven el total de tu dinero, devolvela y te comprás otra que no tenga problemas. En el club hay unas cuantas que podrías consultar, y si no te quieren devolver el total del dinero, movete directamente con un abogado.
En caso de que quieras, te paso el TE de mi abogada por MP
Lamento que estés pasando por esto :|
:p
En mi caso, compré una camioneta y al día y medio le explotó el motor, después de 3 meses y mucha lucha recuperé mi vehículo arreglado, pero faltaba que me pagaran toda la plata extra que tuve que poner para terminar de arreglarla.
Primero me moví con defenza del consumidor, pero finalmente terminé actuando con una abogada que 1 año después le pudo cobrar gran parte del arreglo.
Si me permitís un concejo, si te devuelven el total de tu dinero, devolvela y te comprás otra que no tenga problemas. En el club hay unas cuantas que podrías consultar, y si no te quieren devolver el total del dinero, movete directamente con un abogado.
En caso de que quieras, te paso el TE de mi abogada por MP
Lamento que estés pasando por esto :|
:p
Asunto: Re: Consulta Sobre Aspecto Legal
Ana, si todavia dispones de la camioneta, hacele medir la altura de la tapa de cilindros y si esta fuera de medida es una prueba irrefutable de mala fe y no podran alegar el mal uso del vehiculo, luego si tendras que asesorarte legalmente. Saludos Ricardo.
Asunto: Re: Consulta Sobre Aspecto Legal
Sin perder tiempo consulto el problema con dos o tres letrados matriculados en tu Pcia (especialmente sobre costos y honorarios).Primero que nada va CD intimando a la reparación del vehículo bla bla bla (el abogado ya sabe) x la 24240 tenes la garantía de tres meses y x el código Civil le dan con los vicios ocultos o vicios redhibitorios como bien dice Pablo.
No quiero ser un picha globos, pero los juicios se ganan y se pierden, lo que si es cierto es que todos se pagan (costas y honorarios). Si tu problema es la tapa de cilindros por lo que leo, solo accionaría por defensa del consumidor que es gratis y hoy hasta te indemnizan siempre y cuando el boleto de compra venta te lo haya firmado la concesionaria, si te lo firmó el titular anterior es un contrato entre consumidores y la 24240 es improcedente.
Si querés ir contra el titular yo le mandaría una CD o dos y si en tu pcia hay mediación previa llegaría hasta ahí y no mas. Jamas pienses que un juicio esta ganado antes de iniciarlo.
Materia: Civil
Tipo de Resolución: Sentencia
Voces: Contratos - Compraventa Automotor-vicios Ocultos-presupuestos
Texto: El vicio redhibitorio debe ser:a)oculto, b) importante y c) anterior a la venta art.2164 C.C.Desde el primer presupuesto, cabe señalar que en principio cuando los defectos pueden descubrirse mediante un examen atento y cuidadoso de la cosa, en la forma usual con que se observan las que son objeto de venta, se descartan los vicios redhibitorios. En el caso de la compra de un automóvil, tornaba necesario que el adquirente hiciera examinar el vehículo por un entendido.
Sentencia Nº 25449 de Cámara de Apelaciones de la Provincia de Mendoza - Tercera Cámara En Lo Civil, de 01 de Junio 2001
Es largo de explicar, pero si necesitas asesoramiento para eso está el club
No quiero ser un picha globos, pero los juicios se ganan y se pierden, lo que si es cierto es que todos se pagan (costas y honorarios). Si tu problema es la tapa de cilindros por lo que leo, solo accionaría por defensa del consumidor que es gratis y hoy hasta te indemnizan siempre y cuando el boleto de compra venta te lo haya firmado la concesionaria, si te lo firmó el titular anterior es un contrato entre consumidores y la 24240 es improcedente.
Si querés ir contra el titular yo le mandaría una CD o dos y si en tu pcia hay mediación previa llegaría hasta ahí y no mas. Jamas pienses que un juicio esta ganado antes de iniciarlo.
Materia: Civil
Tipo de Resolución: Sentencia
Voces: Contratos - Compraventa Automotor-vicios Ocultos-presupuestos
Texto: El vicio redhibitorio debe ser:a)oculto, b) importante y c) anterior a la venta art.2164 C.C.Desde el primer presupuesto, cabe señalar que en principio cuando los defectos pueden descubrirse mediante un examen atento y cuidadoso de la cosa, en la forma usual con que se observan las que son objeto de venta, se descartan los vicios redhibitorios. En el caso de la compra de un automóvil, tornaba necesario que el adquirente hiciera examinar el vehículo por un entendido.
Sentencia Nº 25449 de Cámara de Apelaciones de la Provincia de Mendoza - Tercera Cámara En Lo Civil, de 01 de Junio 2001
Es largo de explicar, pero si necesitas asesoramiento para eso está el club
Asunto: Re: Consulta Sobre Aspecto Legal
Ana, yo te aconsejo que lo que tengas que hacer, ir a la agencia, abogado, perito, etc. Le pidas a algún hombre (pareja, hermano, tío, algún amigo) que te acompañe, el trato de algunos hombres hacia una mujer es muy diferente si esta acompañada, aunque el hombre no tenga la menor idea de que están hablando, a mi me pasa muchas veces que si voy sola, evaden las preguntas, todo te dicen que si, si y después hacen lo que quieren, si voy con mi marido, las explicaciones son extensas y todas dirigidas a él.
Besos Gabriela.
Besos Gabriela.
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