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Fernando47
Jueves, 20 May 2010, 21:25

Re: Consulta  Sobre Aspecto Legal
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Sin perder tiempo consulto el problema con dos o tres letrados matriculados en tu Pcia (especialmente sobre costos y honorarios).Primero que nada va CD intimando a la reparación del vehículo bla bla bla (el abogado ya sabe) x la 24240 tenes la garantía de tres meses y  x el código Civil le dan con los vicios ocultos o vicios redhibitorios como bien dice Pablo. 

No quiero ser un picha globos, pero los juicios se ganan y se pierden,  lo que si es cierto es que todos se pagan (costas y honorarios). Si tu problema es la tapa de cilindros por lo que leo,  solo accionaría por defensa del consumidor que es gratis y hoy hasta te indemnizan siempre y cuando el boleto de compra venta te lo haya firmado la concesionaria, si te lo firmó el titular anterior es un contrato entre consumidores y la 24240 es improcedente.

Si querés ir contra el titular yo le mandaría una CD o dos y si en tu pcia hay mediación previa llegaría hasta ahí y no mas. Jamas pienses que un juicio esta ganado antes de iniciarlo. 

Materia: Civil

Tipo de Resolución: Sentencia

Voces: Contratos - Compraventa Automotor-vicios Ocultos-presupuestos

Texto: El vicio redhibitorio debe ser:a)oculto, b) importante y c) anterior a la venta art.2164 C.C.Desde el primer presupuesto, cabe señalar que en principio cuando los defectos pueden descubrirse mediante un examen atento y cuidadoso de la cosa, en la forma usual con que se observan las que son objeto de venta, se descartan los vicios redhibitorios. En el caso de la compra de un automóvil, tornaba necesario que el adquirente hiciera examinar el vehículo por un entendido.

Sentencia Nº 25449 de Cámara de Apelaciones de la Provincia de Mendoza - Tercera Cámara En Lo Civil, de 01 de Junio 2001


Es largo de explicar, pero si necesitas asesoramiento para eso está el club


