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JavierEsteban
Miércoles, 08 Agosto 2012, 13:27

Re: VTV
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A los canas ya los denuncié en asuntos internos de la provincia de buenos aires, las leyes son 2265 (VTV) resolución 168,  art 2 (indica que estan excentos los particulares) y articulo 5 de la ley 2265 que prohibe retener documentación.
Todo eso ya lo investigué, llevar un abogado a chivilcoy queda descartado, costo de abogado contra lo que se puede lograr con un juicio por lucro cesante de 1 día de trabajo es insignificante y muy lejano en el tiempo.


