Vehículos abandonados
ELa Dirección General de Seguridad Vial inspecciona los vehículos abandonados en la vía pública denunciados por los vecinos. En caso de enmarcarse dentro de la ley que regula el procedimiento aplicable a los vehículos que revistan esta condición (Ley Nº 342/GCABA/2000), se coloca un stiker mediante el cual se intima al dueño de dicho vehículo a retirarlo del lugar.
Si al cabo de diez (10) días (plazo que establece el artículo Nº 2 de la citada ley) el vehículo no ha sido retirado, esta Unidad de Organización, da aviso a la Dirección General de Mantenimiento de la Flota Automotor para su remoción y notificación fehaciente al titular.
Para denunciar estos vehículos debe comunicarse con el Sistema Único de Reclamos 0800 999 2727.
Tengo entendido también que existe una teoría judicial que dice que todo, pero todo vehículo estacionado en la vía publica se considera abandonado, así este bien o mal estacionado.-
En Perú, por ejemplo:
http://www.drtcsanmartin.gob.pe/Des...e%20entrada.pdf